DISPOSICIONES GENERALES

 

PRIMERA.  Para efectos del presente Manual se entenderá por:

 

1.

AA

Agente aduanal.

2.

ACCE

Administración Central de Comercio Exterior.

3.

ACCG

Administración Central de Contabilidad y Glosa.

4.

ACIA

Administración Central de Investigación Aduanera.

5.

ACIFA

Administración Central para la Inspección Fiscal y Aduanera.

6.

ACNCEA

Administración Central de Normatividad de Comercio Exterior y Aduanal

7.

ACOA

Administración Central de Operación Aduanera.

8.

ACPA

Administración Central de Planeación Aduanera.

9.

ACDB

Administración Central de Destino de Bienes.

10

ACRA

Administración Central de Regulación Aduanera

11.

Administrador

Administrador de la aduana.

12.

Aduana

Las unidades administrativas de la Administración Pública Centralizada, que dependen de la Administración General de aduanas y tienen como funciones principales: controlar la entrada y salida de mercancía, recaudar impuestos al comercio exterior, ejecutar la parte correspondiente a las políticas económicas y comerciales, así como, ejecutar actos de fiscalización para comprobar el cumplimiento de las disposiciones fiscales y aduaneras.

13.

AGA

Administración General de aduanas.

14.

AGSC

Administración General de Servicios al Contribuyente.

15.

AGAFF

Administración General de Auditoría Fiscal Federal.

16.

AGCTI

Administración General de Comunicaciones y Tecnologías de  Información.

17.

AGE

Administración General de Evaluación.

18.

AGGC

Administración General de Grandes Contribuyentes.

19.

AGR

Administración General de Recursos y Servicios.

20.

AGJ

Administración General Jurídica.

21.

AGR

Administración General de Recaudación.

22.

ALAF

Administración Local de Auditoría Fiscal.

23.

ALJ

Administración Local Jurídica.

24.

ALR

Administración Local de Recaudación.

25

ALSC

Administración Local de Servicios al Contribuyente

26.

Ap. Ad.

Apoderado aduanal.

27.

Artefacto naval

Cualquier otra estructura fija o flotante, que sin haber sido diseñada y construida para navegar, sea susceptible de ser desplazada sobre el agua por sí misma o por una embarcación, o bien construida sobre el agua, para el cumplimiento de sus fines operativos.

28.

BANJERCITO

Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada, S.N.C.

29.

CAAAREM.

Confederación de Asociaciones de Agentes aduanales de la República Mexicana, A.C.

30.

CI

Medio de seguridad que deberá cumplir con los requisitos que establezca el SAT, controlados a través de un número de identificación que se utilizan para asegurar el compartimiento de carga, a fin de evitar que la mercancía contenida en el medio de transporte sea sustraída o modificada.

31.

CLAA

Certificados de Importación Fitosanitarios, Zoosanitarios y Acuícolas.

32.

Clasificación Arancelaria

Confederación Latinoamericana de Agentes Aduanales.

33.

Carril FAST.

Es la ubicación de una determinada mercancía en la fracción arancelaria que le corresponde dentro de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación, misma que se realiza aplicando las notas de sección, las notas de capítulo, las reglas complementarias y las notas explicativas de la referida Tarifa, así como, de diversos criterios que existen sobre clasificación, considerando la descripción y naturaleza de la mercancía, y sus características técnicas y comerciales.

34.

Contenedor

Carril free and secure trade.

35.

 

Envases especiales diseñados y equipados para transportarlos por uno o varios sistemas de transporte (principalmente por ferrocarril, carreteras, vías fluviales, marítimas o aéreas). Llevan dispositivos (ganchos, anillas, soportes, ruedas, etc.) para facilitar la manipulación y estiba a bordo del vehículo, aeronave o barco transportador. Son de construcción robusta para poder usarlos repetidamente.

En su mayoría son de madera o de metal y consisten en una gran caja con puertas o páneles laterales desmontables.

 

Entre los principales tipos de contenedores, se pueden citar:

 

1)   Los contenedores especialmente adaptados para el transporte de mobiliario.

2)   Los contenedores isotérmicos para artículos o mercancía perecedera.

3)   Los contenedores cisterna y los contenedores depósito, generalmente de forma cilíndrica, para el transporte de líquidos o gases, montados en un soporte para fijarlos a cualquier vehículo.

4)   Los contenedores abiertos afectos al transporte de mercancía a granel (carbón, minerales, adoquines, ladrillos, tejas, etc.). Para facilitar la descarga, el fondo o las paredes laterales suelen estar montadas con bisagras.

5)   Los contenedores para el transporte de manufacturas de vidrio, artículos de cerámica o animales vivos.

 

La capacidad de los contenedores varía generalmente entre 4 y 145 m3. Los hay, sin embargo, más pequeños, pero la capacidad no es normalmente inferior a 1 m3.

36.

C.C.

Cuotas compensatorias, aquellas que se aplican a la mercancía importada en condiciones de discriminación de precios o de subvención en su país de origen, conforme a lo establecido en la LCE.

37

CIITEV.

Control de Importación e Internación Temporal de Vehículos.

38.

CFF.

Código Fiscal de la Federación.

39.

CFPC

Código Federal de Procedimientos Civiles

40.

Contribuciones

Son los ingresos fiscales ordinarios del Estado, que tienen por objeto cubrir los gastos públicos, mismos que se clasifican en impuestos, aportaciones de seguridad social, contribuciones de mejoras y derechos.

41.

CSN

Coordinación de Soluciones de Negocio para la AGA.

42.

Cupos

Se entiende por cupo de exportación o importación, el monto de una mercancía que podrá ser exportado o importado, ya sea máximo o dentro de un arancel-cupo.

43.

CURP

Clave única de registro de población.

44.

Declaración en factura

La declaración en factura de conformidad con lo dispuesto en el Anexo III de la Decisión 2/2000 del Consejo Conjunto del Acuerdo Interino sobre Comercio y Cuestiones relacionadas con el Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la Comunidad Europea  y el Anexo I del TLCAELC.

45.

Decretos de la Franja o Región Fronteriza

El “Decreto por el que se establece el impuesto general de importación para la Región Fronteriza y la Franja Fronteriza Norte”, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2002, reformado mediante Decretos publicados en el mismo órgano informativo el 3 de marzo de 2003, el 31 de diciembre de 2003 y sus posteriores modificaciones y el “Decreto por el que se establecen las fracciones arancelarias que se encontrarán totalmente desgravadas del Impuesto General de Importación para la Franja Fronteriza Norte y en la Región Fronteriza”, publicada en el DOF el 31 de diciembre de 2002, así como, sus posteriores modificaciones.

46

Decreto IMMEX

El “Decreto para el Fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación” referido en el artículo Único del “Decreto por el que se modifica el diverso para el fomento y operación de la industria maquiladora de exportación”, publicado en el DOF el 1 de noviembre de 2006.

47

Despacho Aduanero

Conjunto de actos y formalidades relativos a la entrada de mercancía al territorio nacional y a su salida del mismo, que de acuerdo con los diferentes tráficos y regímenes aduaneros establecidos en la LA, deben realizar en la aduana las autoridades aduaneras y los consignatarios, destinatarios, propietarios, poseedores o tenedores en las importaciones y los remitentes en las exportaciones, así como, los AA o Ap. Ad.

48

Desperdicios

Los residuos de la mercancía después del proceso al que sea sometida; los envases y materiales de empaque que se hubieran importado como un todo con la mercancía importada temporalmente; así como, aquella que se encuentre rota, desgastada, obsoleta o inutilizable y la que no pueda ser utilizada para el fin con el que fue importada temporalmente.

49

DOF

Diario Oficial de la Federación.

50.

DTA.

Derecho de Trámite Aduanero (Contraprestaciones).

51

Embarcación

Toda construcción diseñada para navegar sobre o bajo vías navegables.

52

ECEX.

Las empresas de comercio exterior autorizadas por la SE, en los términos del “Decreto para el establecimiento de Empresas de Comercio Exterior”, publicado en el DOF el 11 de abril de 1997.

53

Embargo precautorio

Aseguramiento de mercancía por parte de la autoridad aduanera que se aplica cuando se incurre en cualquiera de los supuestos establecidos en los artículos 144, fracción XXX y 151  de la LA.

54

Equipo ferroviario de arrastre

Los furgones, góndolas, tolvas, carros tanque, chasises, remolques, plataformas que no tienen tracción propia que circulan en la vía férreas y que utilizan para transportar mercancía en su interior y en contenedores.

55

FIEL.

Firma Electrónica Avanzada.

56

Ferrocarril

Concesionario del servicio público de transporte ferroviario de carga, que se presta en vía férreas destinado al traslado de mercancía en equipos ferroviarios de arrastre, propios o propiedad de terceros.

57

FONDEN

Fondo de Desastres Naturales.

58

Fracción arancelaria

Código númerico a 8 dígitos que identifica a un bien en la nomenclatura de la TIGIE, dicho código permite clasificar y distinguir plenamente la mercancía para efecto del cumplimiento de las regulaciones y restricciones arancelarias y no arancelarias a las que se encuentre sujeta, determinación y pago de contribuciones y aprovechamientos.

59

Franja Fronteriza

Es el territorio comprendido entre la línea divisoria internacional y la línea paralela, ubicada a una distancia de veinte kilómetros hacia el interior del país.

60

Franquicia

Exención del pago de derechos e impuestos por la mercancía que se introduce o extrae del país.

61

IATA

Asociación Internacional del Transporte Aéreo.

62.

ICG

Área de Informática, Contabilidad y Glosa de la aduana.

63.

IEPS

Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.

64

Industria de Autopartes

Las empresas con programas de maquila o PITEX que enajenan partes y componentes que incorporan insumos importados temporalmente bajo dichos programas a las empresas de la industria automotriz terminal o manufactureras de vehículos de autotransporte, para ser integrados a sus procesos de ensamble y fabricación de vehículos.

65

Infracción.

Trasgresión, quebrantamiento, violación o incumplimiento de una Ley, pacto o tratado.

66

ISAN

Impuesto sobre Automóviles Nuevos.

67

ISOSA

Integradora de Servicios Operativos, S.A. de C.V.

68

ISR

Impuesto sobre la Renta.

69

IVA

Impuesto al Valor Agregado.

70

ITN

International Transaction Number, número con el que se identifica la operación de exportación de la mercancía que ingresa a territorio nacional procedente de los Estados Unidos de América.

71

LCE

Ley de Comercio Exterior.

72

LA

Ley Aduanera.

73

LFD

Ley Federal de Derechos.

74

LFDC

Ley Federal de los Derechos del Contribuyente.

75

LFPCA

Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo

76

LFAEBSP

Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público.

77

LIEPS

Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.

78

LIGIE

Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación.

79

LISAN

Ley del Impuesto sobre Automóviles Nuevos

80

LISR

Ley del Impuesto sobre la Renta.

81

LIVA

Ley del Impuesto al Valor Agregado

82

Mercancía

Los productos, artículos, efectos y cualesquier otros bienes, aun cuando las leyes los consideren inalienables o irreductibles a propiedad particular.

83

Mecanismo de selección automatizado.

El mecanismo que determina si la mercancía se someterá a reconocimiento aduanero o segundo reconocimiento.

84

Mermas

Los efectos que se consumen o pierden en el desarrollo de los procesos productivos y cuya integración al producto no pueda comprobarse.

85

Módulo de exportación

Lugar donde se presenta la mercancía junto con la documentación aduanera y sus respectivos anexos, para ser sometida al mecanismo de selección automatizado.

86

Módulo de importación

Lugar donde se presenta la mercancía que va a ser importada, junto con la documentación aduanera y sus respectivos anexos para ser sometida al mecanismo de selección automatizado.

87

NOM’s

Normas Oficiales Mexicanas.

 

Orden de verificación de mercancía en transporte

Documento oficial expedido por los Administradores de las aduanas, mediante el cual se faculta e instruye al personal autorizado a su cargo, para llevar a cabo la verificación de mercancía de procedencia extranjera durante su transporte, a efecto de que se acredite su legal importación, tenencia y/o estancia en territorio nacional.

88.

OIC

Órgano Interno de Control.

89.

Patente

Autorización expedida por el SAT a los AA., para promover el despacho de las mercancía, en los diferentes regímenes aduaneros previstos en la LA.

90

PAMA

Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera

91

PFF

Procuraduría Fiscal de la Federación.

92

Plataformas

autoelevadoras

Estas plataformas comprenden, independientemente  de la propia plataforma de trabajo, instalaciones (cascos, cajones, etc.) que le permiten flotar y pilares retractiles que en el lugar de trabajo descienden para apoyarse en el fondo submarino y elevar la plataforma de trabajo por encima del nivel del mar.

93

Plataformas de perforación o explotación

Estas plataformas están generalmente proyectadas para la investigación o la explotación de yacimientos de petróleo o de gas natural. Llevan, independientemente del material necesario para la o perforación o la explotación, tal como derricks, grúas, bombas, unidades de cimentación, silos, etc., locales para alojar al personal. Estas plataformas, remolcadas o eventualmente autopropulsadas hasta el lugar de explotación, pueden a veces desplazarse por flotación hacia otro lugar de trabajo y pertenecen a uno de los grupos siguientes: plataformas autoelevadoras, plataformas sumergibles, plataformas semisumergibles.

94

Plataforma marina

Las plataformas marinas pueden ser de diferentes tipos de acuerdo con la función que desempeñan. Las plataformas marinas fijas tubulares, las cuales pueden ser de cuatro, seis u ocho piernas y que sustentan la subestructura y la superestructura. La subestructura es la estructura de la plataforma situada por debajo del nivel del mar, a ella se unen los ‘embarcaderos de emergencia’ utilizados para embarco y desembarco de personal. A la estructura localizada por arriba del nivel del mar se le denomina superestructura y, normalmente, consta de dos niveles. En el nivel inferior se localizan los equipos de proceso y las tuberías de servicios y de proceso; en el nivel superior se instalan los equipos de producción y hasta helipuertos.

95

Plataformas semisumergibles

Estas embarcaciones son análogas a las sumergibles, pero de las que se diferencian por el hecho de que la parte sumergida no se apoya en el fondo. Estas plataformas se mantienen en posición fija durante el trabajo por medio de líneas de anclaje o dinámicamente.

96

Plataformas

Sumergibles

La infraestructura de estas plataformas está sumergida en los lugares de trabajo para que los cajones-lastres se apoyen en el fondo con el fin de mantener una gran estabilidad en la plataforma de trabajo mantenida por encima del nivel del agua. Los cajones-lastres pueden estar equipados con faldones o pilares que se hunden más o menos profundamente en el fondo.

97

Precios Estimados

Valor que fija la SHCP a determinada mercancía, a efecto de garantizar el pago de contribuciones al comercio exterior.

98.

Programa IMMEX

Programa autorizado al amparo del Decreto IMMEX.

99.

PROSEC

Programas de Promoción Sectorial, conforme al “Decreto por el que se establecen diversos Programas de Promoción Sectorial”, publicado en el DOF el 2 de agosto de 2002 y sus posteriores modificaciones.

100.

RCGMCE.

Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior.

101

Reexpedición.

La internación al resto del país de mercancía de procedencia extranjera, importada en definitiva a la franja o región fronteriza.

102

RLA.

Reglamento de la Ley Aduanera.

103

RLCE

Reglamento de la Ley de Comercio Exterior.

104

RLISR

Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

105

RLIVA

Reglamento de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

106

Residentes en territorio nacional

Los señalados en el artículo 9 del CFF, las personas físicas o morales residentes en el extranjero, que tengan uno o varios establecimientos permanentes o bases fijas en el país, siempre que reúnan los requisitos que señala la LISR para ser establecimiento permanente o base fija y las personas físicas que obtengan ingresos por salarios de un residente en territorio nacional.

107

RFC

Registro Federal de Contribuyentes.

108

Regulaciones y restricciones no arancelarias

Son las medidas establecidas por la SE para regular o restringir la exportación o importación de mercancía, así como, para regular la circulación o tránsito de mercancía extranjera por el territorio nacional procedente del y destinada al exterior, a través de acuerdos expedidos por dicha Secretaría.

109

RISAT

Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria.

110

RISHCP

Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

111

SAAI

Sistema de automatización aduanero integral.

112.

SAGARPA

Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.

113.

SAIT

Sistema automatizado de importación temporal de remolques, semirremolques y portacontenedores.

114.

SAT

Servicio de Administración Tributaria.

115

SCAAA

Sistema de Control de gentes y apoderados aduanales.

116

SCARF

Sistema de control de almacenes y recintos fiscales.

117

SCT

Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

118

SE

Secretaría de Economía.

119

SEDENA

Secretaría de la Defensa Nacional.

120

SENASICA

Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria

121

SEMARNAT

Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales.

122

SEPOMEX

Servicio Postal Mexicano.

123

SER.

Secretaría de Relaciones Exteriores.

124

SHCP

Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

125

SICEX.

Sistema Integral de Comercio Exterior.

126

SICOFE

Sistema de control ferroviario.

127

SICREFIS

Sistema de control de recintos fiscalizados.

128

SIREM3.

Sistema de reconocimientos en M3.

129

SIRESI

Sistema de registro, evaluación y seguimiento de incidencias.

130

SOIA

Sistema de operación integral aduanero.

131

TESOFE

Tesorería de la Federación

132

TIGIE

Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación.

133

Tirón

Serie de equipos ferroviarios de arrastre, que se utiliza para realizar el traslado de mercancía de una aduana de entrada a una aduana de despacho o viceversa o, en su caso, de una aduana fronteriza a un recinto portuario o a una aduana interior o terminal interior.

134

TLC

Tratado de Libre Comercio.

135

TLCAELC

Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y los Estados de la Asociación Europea de Libre Comercio.

136

TLCAN

Tratado de Libre Comercio de América del Norte.

137

TLCUE

Tratado de Libre Comercio con la Unión Europea.

138

Transportista

Es cualquier persona que, en un contrato de transporte, se compromete a efectuar o hacer efectuar el transporte de mercancía por ferrocarril, carretera, aire, mar, vías navegables interiores o por una combinación de esos modos de transporte.

139

Tren

Unidad formada por una serie de equipos ferroviarios de arrastre enlazados o articulados uno tras otro, que transportan mercancía en su interior  o mediante contenedores y que son arrastrados por una locomotora en un movimiento entre diferentes puntos.

140

Tren unitario

Conjunto de equipos ferroviarios de arrastre, que acoplados unos con otros, son remolcados por una o varias unidades tractivas y circulan sobre una vía férrea, transportando el mismo tipo de carga de un solo origen a un solo destino.

141

TFJFA

Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

142

UCG.

Unidad de control de gestión de la aduana.

 

SEGUNDA. Para efecto de este Manual, toda función que se señale en específico a un subadministrador de un área determinada de las aduanas, podrá llevarse a cabo por cualquiera de los demás subadministradores, en ausencia del titular del área.

 

TERCERA. En todas las operaciones que se realicen utilizando alguna clave password o palabra secreta otorgada para el manejo de los diferentes sistemas informáticos utilizados por las aduanas, se considerará responsable de dichas operaciones al titular de dichas claves.

 

CUARTA. Para efectos de este manual se considerará “documento aduanero” a los pedimentos, facturas, partes II, relación de facturas o cualquier otro documento que conforme a lo establecido en la Ley Aduanera y demás disposiciones legales aplicables, se presenten ante el mecanismo de selección automatizado para el despacho de mercancía.

 

QUINTA. Para efecto de este Manual y de conformidad con el artículo 5 de la LA, las multas y cantidades en moneda nacional, se actualizarán en los términos establecidos en el artículo 70 del CFF.