Se reformó en la 4ª Resol. DOF del 29 de noviembre de 2007
Se reformaron el primero, cuarto y quinto párrafos de
la regla en la 5ª Resol. DOF del 31
de diciembre de 2007
3.6.25. Para los
efectos del artículo 121, fracción III de
La solicitud a que se
refiere el párrafo anterior, deberá presentarse en el formato denominado
“Solicitud de autorización de Depósito Fiscal Temporal para Exposiciones
Internacionales de Mercancías , en los términos del artículo 121, fracción III
de
a) Copia certificada del instrumento notarial mediante el cual se acredite la representación de la persona física o moral.
Para los efectos de este inciso, el documento se presentará por única vez, por lo que para posteriores tramites bastará que la solicitud de autorización se encuentre firmada por el mismo representante, quien deberá manifestar bajo protesta de decir verdad que los términos de la representación no han sido modificados o revocados, en caso contrario, deberá proporcionar copia certificada del poder notarial respectivo.
b) Copia simple del documento que acredite el legal uso de las instalaciones donde se celebrará el evento y relación de participantes con residencia en el extranjero.
c) Original de la forma
oficial 5, denominada “Declaración general de pago de derechos”, que forma parte
del Anexo 1 de
Para los efectos del artículo 166, fracción II del Reglamento, se deberá contar por lo menos con la participación de un expositor con residencia en el extranjero.
Para los efectos de la presente regla, el plazo otorgado en la
autorización correspondiente, podrá prorrogarse por un plazo igual al que se
haya concedido, siempre que la autorizada presente solicitud mediante escrito
libre, diez días hábiles antes del vencimiento del plazo asentado en la
autorización, ante
Las empresas autorizadas conforme a la presente regla, podrán efectuar el traslado o traspaso de mercancías sujetas al régimen de depósito fiscal de un local autorizado para exposiciones internacionales a otro local autorizado para el mismo fin con el propósito de realizar la promoción de su evento en diferentes plazas del país acompañando en todo momento copia del pedimento y de la autorización respectiva, siempre que no excedan el plazo autorizado.
Para los efectos de los
artículos 119 y 121, fracción III de