2.6.9. Para los efectos del artículo 43 de
Las aduanas
de tráfico marítimo o aéreo e interiores, que cuenten con mecanismo de
selección automatizado que permita imprimir el resultado en tinta de color distinto
al negro, imprimirán dicho resultado en el ejemplar del pedimento destinado al
transportista en color distinto al negro y en los demás ejemplares del
pedimento imprimirán el resultado utilizando papel carbón de color negro.
Lo dispuesto en el párrafo anterior, también será aplicable a cualquier aduana del país tratándose de importaciones que se realicen por ferrocarril.